Importante actualización en el ámbito artístico: el Gobierno ha desregulado la importación y exportación de obras de arte mediante el Decreto 1037/2024.
Este decreto permite la salida y entrada de obras de artistas fallecidos hace más de 50 años sin necesidad de licencia de exportación, lo que facilita la circulación internacional de estas piezas.
Sin embargo, las obras que constituyen patrimonio cultural de la Nación quedan excluidas de esta medida. Además, se eliminan los requisitos burocráticos anteriores, permitiendo el traslado de obras en cantidades ilimitadas como equipaje de mano o mediante encomiendas.
El decreto también establece un período máximo de cinco años para la exportación e importación temporaria, con posibilidad de prórroga. Cabe destacar que se incluye a todo tipo de pinturas, sin importar el soporte o los materiales, como al collage y asamblage, esculturas, grabados, estampas y litografías originales, cerámicas y arte textil.
Es importante destacar que, aunque se busca simplificar los trámites, el registro y protección de bienes culturales sigue vigente para las obras que se consideran patrimonio nacional.
Fuente: Infobae
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